PREOCUPACIÓN POR LOS DERECHOS HUMANOS DEL EX VICEPRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR JORGE GLAS

COMUNICADO PÚBLICO

 

PREOCUPACIÓN POR LOS DERECHOS HUMANOS DEL EX VICEPRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR JORGE GLAS

 

En el marco de nuestras responsabilidades no sólo como organización de segundo grado de la sociedad civil LGBT, sino también porque no podemos estar ajenos a la coyuntura de nuestro país, nos permitimos exponer nuestro criterio con respecto a la situación del ex-vicepresidente Constitucional Jorge Glas Espinel.

1.- Observado el Informe de la CDH del 05 de Noviembre de 2018, organización de igual forma que la nuestra, que trabaja en derechos humanos pero de una forma más amplia y no específica en temas LGBT, nos preocupan los siguientes puntos:

– Confirman que el ciudadano Glas Espinel se encuentra en huelga de hambre desde hace 16 días.

– Días antes de la visita del CDH, se habilitó agua potable las 24 horas del día para la celda de Glas Espinel. El resto de la población carcelaria del complejo recibe agua potable en horarios establecidos.

– El pabellón donde permanece Glas Espinel está ubicado a aproximadamente 60 metros de un depósito de basura de toda la población del complejo carcelario. El recolector de basura pasa tres veces a la semana.

2.- Hacemos eco de las observaciones vistas en observancia a la Constitución del Ecuador, específicamente en el artículo 51 y normas internacionales de protección de Derechos Humanos suscritos por el Estado de Ecuador, el CDH considera la siguiente:

– Pese al requerimiento hecho por la defensa legal del ciudadano Jorge Glas Espinel para acceder al presunto Informe de Inteligencia Policial que justificaría su traslado al CRS-Cotopaxi por motivos de seguridad, hasta la fecha este pedido no tiene respuesta.

– Por las condiciones de riesgo para su salud anotadas en nuestro informe, el PPL Jorge Glas tiene derecho a ser ingresado a un centro de rehabilitación social ubicada cerca del domicilio de su familia o de mejor acceso para ellos.

– Recordamos que la huelga de hambre es la manifestación pacífica más extrema para reclamar públicamente por lo que se considera violación a Derechos Humanos, porque la persona pone en riesgo su propia vida. Este acto de exigibilidad es muchas veces la única opción para las personas en custodia del Estado.

3.- Anotamos así mismo, la norma de Naciones Unidas suscritas por Estado de Ecuador aplicables al caso:

-Reglas mínimas para tratamiento de reclusos

-Conjunto de principios para la protección de todas las personas sometidas a alguna forma de detención o prisión

-Principios de ética médica aplicables a la función del personal de salud, especialmente en los médicos, en la protección de personas presas y detenidas contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes.

 EL DIRECTORIO

Federación Ecuatoriana de Organizaciones LGBTPreocupación-por-la-Situación-de-los-Derechos-Humanos-del-Ex-Vice-presidente-constitucional-del-Ecua                              

 

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